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Sábado, 20 de Abril de 2024

JEANINE ÁÑEZ, LA PRESIDENTA CONSTITUCIONAL

ESPECIALES | 24 Nov 2019

VISOR BOLIVIA / Iván Rada.- Jeanine Áñez Chávez, senadora nacional, asumió la Presidencia del Estado Plurinacional de Bolivia de forma transitoria, en el marco de la Constitución Política del Estado, el Reglamento General de la Cámara de Senadores y la Declaración Constitucional 003/01, a partir del 12 de noviembre, con el mandato para llamar a nuevas elecciones y la misión de pacificar el país. Esta su historia.

Áñez, abogada nacida en San Joaquín, Beni, el 13 de agosto de 1967, conservadora, madre y esposa, tuvo que asumir el mando de la nación para precautelar el bien mayor del país, luego del vacío de poder dejado por el mandatario Evo Morales, su segundo Alvaro Garcia y los presidentes de ambas cámaras, Adriana Salvatierra en Senado y Víctor Borda en Diputados.

Se ha cuestionado mucho sobre la investidura de Áñez a la Presidencia del Estado, pues la sesión de la Asamblea Legislativa no tuvo quórum y ella, en calidad de segunda vicepresidenta de la Cámara Alta, no estaba en la lista formal de sucesión presidencial prevista en la CPE.

Sin embargo, el vacío de poder que dejó el MAS por más de 24 horas, ponía en serio riesgo la estabilidad del país, a tal grado que las medidas de presión y la violencia se desbordaron desde el mismo domingo 10 de noviembre, luego de la dimisión de Morales Ayma, sobre todo por acción directa de la militancia fiel al caudillo cocalero o el “evismo”.

La decisión de renuncia colectiva de los cuatro altos funcionarios con capacidad de asumir la Presidencia parece haber sido planificada con un cálculo político que todavía se desconoce, pero que se explicaría en la apuesta por desestabilizar el país o jugar a una siguiente interpretación constitucional de que Morales “no acabó su mandato” y por tanto, “puede ser candidato” en las inmediatas nuevas elecciones generales convocadas para 2020. Empero, el Tribunal Constitucional Plurinacional, así como todo el Órgano Judicial ya no obedece las órdenes dictadas desde la suite de la “Casa Grande del Pueblo”.

BOLIVIA: 24 HORAS SIN PRESIDENTE

Áñez es abogada de profesión, fue directora del canal local Totalvisión en Beni y luego asambleísta constituyente entre 2006 y 2008. Con la alianza de Convergencia Nacional llega al Senado en 2010 y en 2015 es reelecta con el bloque de Unidad Demócrata. Es con ese curul que en enero de 2019 es designada como segunda vicepresidenta de la Cámara de Senadores, como corresponde a la bancada minoritaria, según el Art. 35 del Reglamento General del Senado.

REGLAMENTO SENADO Art. 35 (Composición y Elección).- II. Para asegurar la participación y pluralidad política de la Cámara, la Presidencia, Primera Vicepresidencia, Tercera Secretaría corresponderán al bloque de mayoría; y la Segunda Vicepresidencia y la Segunda Secretaría al bloque de minoría.

Con la crisis provocada por el MAS y su binomio, tras el comprobado fraude electoral, avalado además por el Tribunal Supremo Electoral – TSE, desde la noche del 20 de octubre, el reclamo ciudadano se convirtió en resistencia pacífica y luego en un paro cívico nacional con “pititas” como criticó el ahora ex mandatario.

Las arengas de “Quién se cansa? Nadie se cansa! Quién se rinde? Nadie se rinde!” quedarán marcadas en la historia democrática del país, tal como el remate de esas protestas callejeras: “Evo de nuevo, huevo carajo!”.

Morales no pudo soportar la presión social y con el motín policial y la sugerencia del Alto Mando Militar para renunciar al cargo, luego de 13 años, nueve meses y 22 días, el caudillo socialista decide emitir su dimisión desde el Chapare, a las 17:45 del domingo 10 de noviembre de 2019.

A su lado, Garcia Linera, el sujeto que llegó al poder luego de ser convicto por delitos de terrorismo, también dimitía a la Vicepresidencia. Horas antes, desde Potosí, había renunciado el diputado Víctor Borda, presidente de la Cámara Baja, quedando el mando del país en manos de la titular del Senado Adriana Salvatierra, joven política de recién cumplidos 30 años y de doble nacionalidad chilena. Su edad pudo complicar una eventual asunción a la Presidencia, pues la CPE establece como requisito para ejercer ese cargo el haber cumplido 30 años “al momento de la elección”, no de la “posesión”.

En ese marco, el vicepresidente del Senado, Rubén Medinacelli, del MAS, también se alejaba y al terminar la tarde del mismo domingo, Salvatierra renunciaba públicamente a través de al menos tres medios televisivos.

Bolivia estuvo sin Presidente desde la noche del domingo y todo el lunes. En esas horas aciagas, los desmanes y ataques violentos a instituciones públicas y particulares, además del amedrentamiento a canales de televisión y emisoras de radio se multiplicaron. Domicilios particulares como del ex defensor del pueblo, Waldo Albarracín y la presentadora Casimira Lema fueron saqueados y quemados por turbas “evistas”.

ÁÑEZ PRESIDENTA: MARCO NORMATIVO

Con el país incendiado, es que Áñez es convocada por la clase política y con la ayuda militar llega a arribar de su natal Beni hasta La Paz, la mañana del martes 12 de noviembre.

Al ver que no existía Directiva en el Senado ni la Asamblea Legislativa, se activan los pasos constitucionales para la sucesión. Paralelamente, Morales salía del país acusando que su vida estaba “en riesgo”, previa aceptación de su calidad de asilado por el Gobierno de México. Evo Morales, implícitamente, asumía la ausencia definitiva del cargo.

Áñez comenzó a asumir el mando del país mediante el Art. 41 del Reglamento del Senado que establece que el segundo vicepresidente, es decir, ella, debe asumir la Presidencia del Senado en caso de ausencia del titular (Salvatierra) o del primer vicepresidente (Medinacelli). La beniana opositora era el último eslabón constitucional en la Cámara Alta, para ejercer ese alto puesto.

REGLAMENTO SENADO Art. 41 (Atribuciones de la Segunda Vicepresidencia).- a) Reemplazar a la Presidenta o Presidente y a la Primera Vicepresidenta o Vicepresidente, cuando ambos se hallen ausentes por cualquier impedimento.

Ya en calidad de reemplazo como presidenta del Senado, Áñez activa el Art. 39 del mismo Reglamento del Senado, para asumir el control de la Asamblea Legislativa, ya que Alvaro Garcia no solo había renunciado sino que también había salido del país de forma definitiva.

REGLAMENTO SENADO Art. 39 (Atribuciones de la Presidenta o Presidente).- b) Ejercer la Presidencia de la Asamblea Legislativa Plurinacional en ausencia o impedimento del Presidente Nato.

Es en su calidad de reemplazo como presidenta de la Asamblea Legislativa, que Áñez convoca a sesión extraordinaria para asumir el mando de la nación. Pese a la negativa de la bancada del MAS de participar, cuando en la mañana habían comprometido su presencia en el hemiciclo solo exigiendo “garantías necesarias” para ingresar a Plaza Murillo. La sesión se aprobó sin quórum, pero, como interpretaría cualquier abogado, también sin oposición alguna y no hubo, además, ningún recurso o amparo de nulidad a dicha sesión desde el masismo.

CPE Art. 169 I. “En caso de impedimento o ausencia definitiva de la Presidenta o del Presidente del Estado, será reemplazada o reemplazado en el cargo por la Vicepresidenta o el Vicepresidente y, a falta de ésta o éste, por la Presidenta o el Presidente del Senado, y a falta de ésta o éste por la Presidente o el Presidente de la Cámara de Diputados. En este último caso, se convocarán nuevas elecciones en el plazo máximo de noventa días”.

Finalmente, la sucesión presidencial se activó con los artículos 169 y 170 de la CPE, con el mandato de convocar a nuevas elecciones y remarcando la asunción al mando por la ausencia definitiva dejada por el mandatario saliente, respectivamente.

CPE Art. 170 “La Presidenta o el Presidente del Estado cesará en su mandato por muerte; por renuncia presentada ante la Asamblea Legislativa Plurinacional; por ausencia o impedimento definitivo; por sentencia condenatoria ejecutoriada en materia penal; y por revocatoria del mandato”.

Un comunicado del TCP ese mismo día, confirmaba que el procedimiento Legislativo se enmarcó en la Constitución y en la jurisprudencia de la Declaración Constitucional 003/2001, del 31 de julio de 2001 sobre la sucesión presidencial y la emergencia de actuar ipso facto para evitar el vacío de poder en el Ejecutivo. Los magistrados declaraban la aplicación de esa norma a la actual CPE y en el marco del Art. 169. El caso estaba cerrado.

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL 003/01 “(…) frente a una sucesión presidencial, originada en la vacancia de la Presidencia de la República, ocasionada por la renuncia del Jefe de Estado y no a un acto de proclamación, no requiriéndose de Ley ni de Resolución Congresal para que el Vicepresidente asuma la Presidencia de la República; sino que conforme al texto y sentido de la Constitución, el Vicepresidente asume Ipso Facto la Presidencia de la República (…) cualquier entendimiento distinto podría atentar contra la inmediatez en la sucesión presidencial prevista en el orden constitucional”.

En cuestión de horas, Áñez pasó de ser senadora a convertirse en la segunda mujer en ocupar la Presidencia Constitucional del Estado, luego de Lidia Gueiler Tejada, quien fue nombrada presidenta, hace exactos 40 años, un 16 de noviembre de 1979.

LA “ESTRATEGIA ENVOLVENTE” DE LA OPOSICIÓN

El MAS había jugado con la oposición durante 14 años a las trampas, a los engaños, a las estratagemas y a las “estrategias envolventes”. Desde declarar a la Asamblea Constituyente como “originaria” cuando era derivada de un poder ya constituido, pasando por imponer la simple mayoría y no los dos tercios, aquellos que no tenía entonces, en la aprobación de la nueva CPE, hasta apropiarse del discurso de las autonomías. Todo en su primera gestión entre 2006 a 2010.

La segunda y tercera gestión del masismo, 2010 a 2015 y 2015 a 2019, con la nueva CPE en marcha y los dos tercios en la Asamblea Legislativa en ambas legislaturas, permitió a Morales, Garcia y su clan de élite política con eternos funcionarios rotando en el poder, a tomar cada una de las instituciones del Estado, desbaratando años de institucionalidad democrática. La oposición veía de palco, estéril y con “pataletas de ahogado”, como insultaba con sorna, desde su silla, el entonces vicepresidente, ex miembro del grupo irregular Ejército Guerrillero Túpac Katari – EGTK.

Las designaciones del Defensor del Pueblo, Fiscal General, postulantes a las Elecciones Judiciales, designaciones a cargos de las instituciones descentralizadas, etc. Todo era a gusto y placer de los dos tercios del MAS.

Las dos habilitaciones de Morales y Garcia como candidatos, saltándose la Disposición Transitoria Primera de la CPE en 2013 y luego con la sentencia constitucional 084/17 de 2017, ambas avaladas por el TCP, solo fueron el corolario para decirle al país y sus ciudadanos que en Bolivia mandaba una pequeña cúpula socialista y nadie más.

Noviembre de 2019 marca otra fase y es cuando la oposición aprovecha el vacío de poder dejado por los mandatarios y sin esperar reacción de la bancada del MAS, ya en desbande y de huida, es que logra activar los mecanismos constitucionales para llevar a una de sus senadoras a Palacio de Gobierno y terminar con la era del “proceso de cambio”.

La lectura interpretativa de la CPE y el Reglamento del Senado, sin que exista ninguna voz jurídica del oficialismo para objetar, permitió esa maniobra legal. Héctor Arce, jefe del gabinete jurídico y creador de los “Códigos Morales” para “cambiar” la justicia, no solo se quedó fuera de juego, sin poder alguno, sino que ya anticipaba, como muchos en la élite socialista, la caída de su jefe, pues días antes viajaba con su esposa a reconocer nuevas latitudes.

El MAS había perdido en la jugada más importante de su historia como partido. Era el Jaque Mate al tirano y la vendeta de la oposición política, cívica y social boliviana.

DIEZ DÍAS CRUCIALES Y DOLOROSOS

Jeanine Áñez Chávez entraba a Palacio de Gobierno y desde el palco, con la banda presidencial en su cuerpo y agarrando una Biblia mandaba un mensaje de paz, unidad y reconciliación al país.

“Voy a trabajar este corto tiempo, porque los bolivianos merecen vivir en libertad, merecen vivir en democracia y que nunca más se les robe el voto”, dijo Áñez acompañada por los líderes cívicos que lograron la renuncia de Morales Ayma.

El camino emprendido, sin embargo, no fue ni será fácil por la resistencia de los grupos corporativos ligados al ex presidente. La presidenta transitoria también debe enfrentar, como pasó los primeros días, a grupos de vándalos y terroristas internos y extranjeros, identificados como células de las FARC o la Inteligencia cubana y venezolana.

A diez días y con más de 20 muertos desde su asunción al mando de Bolivia, por acción directa de esos grupos de sedición, Áñez comienza a dialogar con los sectores sociales movilizados, algunos todavía sometidos a los designios de Morales desde México, y en la Asamblea Legislativa se va aprobando el proyecto de ley para la convocatoria a nuevas elecciones, con la anulación de los anteriores comicios y la designación de vocales para el TSE, dejando atrás mucho luto e investigando los delitos cometidos en la era masista.

De los días de violencia, saqueos, bloqueos, cercos, desabastecimiento, falta de alimentos, muertes por disparos en enfrentamientos de cocaleros y alteños contra el Ejército y la Policía, entre otros hechos vividos durante las jornadas de mayor tensión, queda el nombre de Evo Morales como principal instigador y con ello su legado o el “evismo”, ingresa en las páginas negras de la historia de Bolivia. Así se lo han hecho saber incluso sus aliados regionales.

Finalmente, el candado constitucional que cierra toda posibilidad de reclamo para Morales, también se cumple con los diez días desde su salida de Bolivia, pues el jefe cocalero, pese a que sigue alegando que fue “víctima de un golpe de Estado cívico, policial, militar, mediático, empresarial, racista, fascista” y cuanta etiqueta se vaya inventando, hizo evidente abandono del cargo; por tanto, debe ser adscrito formalmente como ex presidente del Estado.

CPE Art. 173 “La Presidenta o el Presidente del Estado podrá ausentarse del territorio boliviano por misión oficial, sin autorización de la Asamblea Legislativa Plurinacional, hasta un máximo de diez días”.

//@VisorBolivia//        

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