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Jueves, 25 de Abril de 2024

Patzi asegura que no renunciará a la Gobernación para competir como presidenciable

POLÍTICA | 10 Abr 2019

VISOR BOLIVIA / Redacción central.- El gobernador de La Paz y líder del Movimiento Tercer Sistema - MTS, Félix Patzi, ha asegurado hoy, que no renunciará al cargo departamental para habilitarse como candidato a la Presidencia del Estado, pues argumenta una sentencia constitucional que habilitó a los nueve binomios para los comicios de octubre.

Por mandato de la Constitución Política del Estado - CPE, todos los candidatos a un cargo electivo, como es el caso de la Presidencia y Vicepresidencia del Estado, deben renunciar a sus funciones públicas al menos tres meses antes del verificativo electoral, con excepción de los mandatarios en ejercicio.

El artículo 238 de la Carta Fundamental, en su parágrafo 3 establece como causa de inelegibilidad a un cargo público electivo: “Quienes ocupen cargos públicos electivos, de designación o de libre nombramiento, que no hayan renunciado a éste , al menos tres meses antes al día de la elección, excepto el Presidente y el Vicepresidente de la República”.

En ese marco, el gobernador paceño, como candidato presidencial del Movimiento Tercer Sistema, junto a los senadores Óscar Ortiz y Edwin Rodríguez tendrían que dejar sus respectivos cargos para presentarse a las elecciones programadas para el 20 de octubre. Según el artículo referido, la dimisión tendría que ser efectiva hasta el 20 de julio.

Sin embargo, Patzi, hoy mediante un tuit, explicó que no dejará la Gobernación de La Paz, porque las candidaturas ya fueron habilitadas y solo existen dos causales extremas de inhabilitación en la nueva Ley de Organizaciones Políticas.

“Todos los candidatos hemos sido habilitados por Sentencia Constitucional, por lo que respecta a mi persona, no me tocaría renunciar al cargo de gobernador tal como establece el artículo 238 en su parágrafo 3, ya que la Ley 1096 solo inhabilita la muerte o una enfermedad terminal”, escribió.

Si bien Patzi no aclaró a qué sentencia constitucional se refiere, anteriormente ya había señalado a las elecciones primarias como un mecanismo de habilitación vinculante.

El sociólogo aymara cree que existe un vacío jurídico, pues la CPE no establece inhabilitaciones a servidores públicos como candidatos.

En caso que surja una aclaración del TSE sobre este particular, el gobernador tendría que dejar el mando y con ello, la Asamblea Departamental, controlada por el partido gubernamental, opositor a Patzi, tendría potestad para designar a un ejecutivo interino hasta concluir la gestión, en mayo de 2020.

MARCO Y ANTECEDENTES

Un reciente fallo del Comité de Derechos Humanos del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de la Organización de Naciones Unidas - ONU, que benefició a los disidentes del Movimiento Al Socialismo - MAS, Rebeca Delgado y Eduardo Maldonado, exhortó al Estado boliviano evitar las trabas para el derecho a la elección.

Delgado y Maldonado, otrora diputada y senador del MAS, se postularon como candidatos a las alcaldías de Cochabamba y Potosí, respectivamente, pero tuvieron que renunciar a sus curules en 2014, tres meses antes de las elecciones regionales de marzo de 2015.

El Tribunal Supremo Electoral inhabilitó a ambos, por el criterio de “residencia” de los llamados disidentes, que se perfilaban primeros en las encuestas.

El fallo del organismo internacional estableció resarcimiento económico para Delgado y Maldonado, pero el pago no se efectivizó, al menos hasta fines del año pasado, como denunció la denominada “libre pensante”.

En el marco interno, la sentencia constitucional 084/2017 del Tribunal Constitucional Plurinacional pasó del control de convencionalidad a la interpretación de la CPE para establecer de “aplicación preferente” los “derechos políticos” de Evo Morales y así ser habilitado a una nueva reelección. El jefe del Estado Plurinacional ya tuvo dos elecciones en calidad de candidato y mandatario en ejercicio, gracias al privilegio que señala el art. 238, 3 de la CPE.

//@VisorBolivia// 

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