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Viernes, 19 de Abril de 2024

PROCURADURÍA INFORMA PAGO DE $US 42,6 MILLONES A QUIBORAX

GESTIÓN | 7 Jun 2018

VISOR BOLIVIA / BOLETINES.- El día de hoy, en instalaciones del Ministerio de Minería y Metalurgia, el Estado boliviano y las empresas Demandantes, Quiborax S.A. y Non Metallic Minerals S.A. (NMM), suscribieron un Contrato Transaccional para dar cumplimiento pleno, oportuno y definitivo al Laudo de 16 de septiembre de 2015, emitido por un Tribunal Arbitral del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), en el marco del arbitraje Caso CIADI Nº ARB/06/2.

Mediante la suscripción del Contrato Transaccional, el Estado boliviano compensó definitivamente a las demandantes con un monto de US$42,6 millones, lo que le significó un ahorro de US$108 millones (72%), frente a la pretensión inicial de US$150,8 millones de Quiborax y NMM.

El acuerdo logrado por la Procuraduría General del Estado y el Ministerio de Minería y Metalurgia, incluye la renuncia por parte de Quiborax y NMM al 20% del monto neto de la indemnización, el 50% de los intereses y la totalidad de las costas determinadas por el Laudo. Todo ello representa un beneficio para el Estado, con un ahorro de US$14,5 millones (25%) del monto total establecido por el Laudo.

Asimismo, con esta acción se da estricto cumplimiento a las obligaciones internacionales asumidas por el Estado boliviano, bajo el Convenio CIADI y el Acuerdo para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones suscrito entre Bolivia y Chile. “Bolivia, al haber acatado de manera pronta, total y definitiva la decisión de un Tribunal internacional, confirma plenamente su tradición de ser un país que cumple y respeta sus compromisos internacionales y que espera lo mismo de otros países” dijo el procurador general Pablo Menacho.

La controversia surgió en julio del año 2004, a raíz de la “revocatoria” de concesiones mineras a la empresa boliviana (con mayoría de capitales chilenos) Non-Metallic Minerals S.A., durante el gobierno del ex presidente Carlos Mesa. Dicha medida se llevó a cabo vulnerando las disposiciones de la Ley Nº 2564, que establecía la elaboración de seis auditorías, previas a la “declaratoria de nulidad” de dichas concesiones. Todo ello se debía realizar en un plazo perentorio de 60 días que no fue cumplido.

En su Laudo, el Tribunal Arbitral del CIADI concluyó que la medida adoptada por el ex presidente Mesa, mediante la aprobación del Decreto Supremo Nº 27589, de 23 de junio de 2004, no cumplió con los estándares mínimos del debido proceso y no se llevó a cabo de conformidad con la Ley, por lo que declaró que la expropiación fue ilícita, discriminatoria y violó el Acuerdo para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones.

En cumplimiento de la orden internacional emitida por el Tribunal Arbitral en su Decisión de Jurisdicción, de 27 de septiembre de 2012, en la que concluyó que Quiborax no cometió ningún ilícito para poder acceder al sistema de arbitraje del CIADI, en fecha 6 de junio de 2018 el Tribunal 4º de Sentencia de La Paz, determinó la culminación del proceso penal contra de Daniel Gottschalk, Allan Fosk, Fernando Rojas y otros.

En fecha 18 de mayo de 2018, un Comité de Anulación del CIADI decidió desestimar la solicitud de anulación del Estado boliviano y poner término a la suspensión de la ejecución del Laudo, con lo que quedaron agotadas todas las instancias legales para el Caso CIADI Nº ARB/06/2.

El 2 de mayo del año 2007, el Ministerio de Relaciones Exteriores remitió una nota al CIADI notificándole su retiro definitivo del Convenio CIADI, mismo que se hizo efectivo el 3 de noviembre del mismo año. Por tal motivo, con la conclusión del Caso CIADI Nº ARB/06/2, Bolivia deja de ser parte definitivamente de dicho centro internacional de arreglo de diferencias sobre inversiones.

El Convenio CIADI y el Acuerdo para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones entre Bolivia y Chile, fueron aprobados y ratificados durante las gestiones de Gonzalo Sánchez de Lozada (Ley Nº 1593) y Hugo Banzer Suárez (Ley Nº 1946), respectivamente. En estos tratados, el Estado boliviano se obligó a cumplir con las decisiones o laudos arbitrales

//FUENTE: TOMADO DE PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO//
 

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