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Miércoles, 24 de Abril de 2024

Sedición y terrorismo, las figuras que usa la clase política para ejercer persecución judicial en Bolivia

POLÍTICA | 26 Nov 2021

VISOR BOLIVIA / Redacción.- “Sedición y terrorismo” son dos figuras dentro del Código Penal que se usan para ejercer persecución judicial con fines políticos. El Comité Contra la Tortura (Committee Against Torture – CAT) confirmó esa observación, en especial por las acciones de los gobiernos de Jeanine Áñez y Luis Arce.

El CAT es parte de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH) y ayer se manifestó a través del relator Chairperson Heller, sobre la situación en Bolivia, que mantiene en detención preventiva a la expresidenta Jeanine Áñez, por el juicio abierto por el masismo bajo las figuras de presunta sedición terrorismo y conspiración, más conocido como caso “golpe” a Evo Morales.

En ese contexto, el relator expresó en la 72 sesión realizada en Ginebra, Suiza, que “llama la atención que los mismos cargos de terrorismo y de sedición hayan sido levantados en contra de la expresidenta Jeanine Añez, una vez que asumió el gobierno el presidente Luis Arce”.

“Lo que llama mucho la atención es que la persecución judicial ha sido tendenciosa con un carácter político y que se ha recurrido a estos cargos de sedición terrorismo”, enfatizó Heller, en el evento que contó con la participación de los funcionarios César Siles y Nelson Cox viceministro de Justicia y Derechos Fundamentales, y viceministro de Régimen Interior, respectivamente.

La declaración apunta a mostrar el abuso que el gobierno de Arce está cometiendo con Áñez y todos los señalados en el caso, que desde marzo son procesado y se encuentran encarcelados en detención preventiva por seis meses, primero, y luego ese encierro ampliado por otro lapso similar.

Para el masismo el tema del uso de ambas figuras es contrario a los derechos fundamentales, y así lo denunciaron ante el Grupo Interdisciplinario de Expertos Internacionales (GIEI) que abordó la conflictividad en el país durante el periodo 2019 y 2020.

El viceministro Siles, precisamente, dijo que el Movimiento Al Socialismo (MAS) presentó un recurso de inconstitucionalidad durante esa etapa.

En el gobierno constitucional de Jeanine Áñez se realizaron similares denuncias y se activó procesos contra los cabecillas del MAS, incluyendo al exmandatario Evo Morales, acusado de sedición cuando se verificó que hizo llamadas desde Argentina para ordenar que se cierren las carreteras y se deje desabastecidas a las ciudades.

El caso sería archivado luego por el grupo de fiscales que responde a ese partido, ya con Arce electo presidente y presto a volver al poder.

Sin embargo, desde el masismo se denunció 1.500 detenciones durante los primeros meses del gobierno transitorio, 80% que fue remitido a arresto domiciliario y el resto que cumplió los seis meses de detención preventiva en cárceles del país.

Para el senador de Comunidad Ciudadana, Rodrigo Paz, la ambigüedad de esas figuras permite activar proceso de persecución política como hace el régimen de Arce, pero también como pasó con el anterior gobierno y el entonces ministro de Gobierno, Arturo Murillo, "que era un loco".  

En las últimas horas, precisamente, se conoció que la Fiscalía General aceptó la denuncia presentada por el MAS el 22 de noviembre y ya prepara la imputación contra el presidente del Comité Cívico Pro Santa Cruz, Rómulo Calvo, por las figuras de "sedición y terrorismo".

Calvo fue parte de las dirigencias cívicas, gremiales y transportistas que desarrollaron el paro multisectorial contra la Ley 1386 que al final de nueve días, fue abrogada por Arce.

El artículo 123 del Código Penal cita la figura de sedición: “Serán sancionados con reclusión de uno a tres años los que sin desconocer la autoridad del Gobierno legalmente constituido, se alzaren públicamente y en abierta hostilidad, para deponer a algún funcionario o empleado público, impedir su posesión u oponerse al cumplimiento de leyes, decretos o resoluciones judiciales o administrativas, ejercer algún acto de odio o de venganza en la persona o bienes de alguna autoridad o de los particulares o trastornar o turbar de cualquier otro modo el orden público. Los funcionarios públicos que no hubieren resistido una rebelión o sedición por todos los medios a su alcance incurrirán en reclusión de uno a dos años”.

En tanto, el art. 133 sobre terrorismo señala: “El que formare parte, actuare al servicio o colabore de cualquier forma, con una organización armada destinada a cometer delitos contra la seguridad común, delitos contra la vida o delitos contra la integridad corporal, con la finalidad de subvertir el orden constitucional, deponer al gobierno elegido constitucionalmente, mantener en estado de alarma o pánico colectivo a la población o a un sector de ella, será sancionado con presidio de quince (15) a veinte (20) años, sin perjuicio de la pena que le corresponda si se cometieran tales delitos”.

//@VisorBolivia// 

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