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Sábado, 20 de Abril de 2024

EXMAGISTRADO DEL TCP QUE FIRMÓ LAS DOS HABILITACIONES DE MORALES COORDINABA ACCIONES CON EL EJECUTIVO

Flores se “reincorporó” a Cancillería a menos de un mes de haber dejado su cargo en Sucre. El exmagistrado defiende su “derecho al trabajo”

POLÍTICA | 16 Feb 2018

VISOR BOLIVIA / Redacción Central.- Ruddy Flores, el exmagistrado del Tribunal Constitucional Plurinacional, defiende su derecho al trabajo, luego de haber jurado ante la Cancillería del Estado como nuevo asesor jurídico. Como antecedentes quedan en su expediente las dos firmas que habilitaron a Evo Morales como candidato fuera de las reglas de la Constitución Política del Estado, una efectivizada en 2014 y la otra en proceso para 2019.

Flores fue registrado al cargo en Cancillería el 31 de enero, es decir, menos de un mes de haber dejado el TCP tras cumplir su mandato de seis años sin derecho a reelección.

Ruddy José Flores Monterrey fue electo magistrado constitucional en las primeras elecciones judiciales de 2011 con 101.481 votos o en porcentaje el 5,77%, siendo la quinta votación de los siete tribunos designados para dirigir el TCP.

La oposición reaccionó, como era previsible, descalificando ese nombramiento pues Flores fue uno de los seis magistrados que admitieron el recurso constitucional presentado por los legisladores oficialistas en septiembre de 2017 instruyendo la interpretación del Pacto de San José de Costa Rica sobre derechos políticos y su aplicación en la normativa interna boliviana.

Ruddy Flores, Zenón Bacarreza, Macario Cortez, Neldy Andrade, Oswaldo Valencia y Mirtha Camacho posteriormente, emitieron la sentencia constitucional 084/2017 del 28 de noviembre, que declaró los alcances del artículo 23 del Pacto de San José de Costa Rica de aplicación preferente por encima de la Constitución Política del Estado, incluyendo el art. 168 de la reelección presidencial.

“De acuerdo a lo dispuesto por el art. 256 de la Norma Suprema, declarar la aplicación preferente del art. 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, por ser la norma más favorable en relación a los derechos políticos, sobre los arts. 156, 168, 285 II y 288 de la Constitución Política del Estado, en las frases: “por una sola vez de manera continua” de los arts. 285 II y 288, conforme a los fundamentos jurídico constitucionales expresados en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional”.

Con este fallo, el TCP dejó sin efecto el resultado del referendo del 21 de febrero de 2016 en el que la mayoría de la población negó la posibilidad de modificar el art. 168 de la CPE y con ello abrió la posibilidad de la reelección indefinida de todos los funcionarios electos por voto, excepto los propios magistrados del Órgano Judicial.

Ante el repudio de la clase política por su designación, calificada como una recompensa política del régimen a sus “favores constitucionales”, el abogado se defendió en breve declaración al periódico La Razón.

“Con toda sinceridad y franqueza, al pueblo boliviano (quiero) señalarle que esto no es ninguna recompensa por ningún fallo del Tribunal Constitucional. Y la ley establece los derechos que tengo como diplomático de carrera de poder solicitar una reincorporación, luego de cumplir funciones fuera del Ministerio (de Relaciones Exteriores)”.

Flores había cumplido labores en la Cancillería como delegado ante la Comunidad Andina de Naciones y director general interino de Asuntos Jurídicos. En 2011 dejó el cargo para habilitarse en las listas aprobadas por el oficialismo como candidato en las elecciones judiciales de octubre de ese año.

APELANDO A ALIANZA CON EL EJECUTIVO

Sin embargo, sus excolegas afirman que Flores nunca dejó de coordinar su accionar dentro del TCP con el Ejecutivo, sobre todo con Héctor Arce, actual ministro de Justicia y exprocurador general del Estado.

El exmagistrado Gualberto Cusi ya había revelado que Flores tenía estrecha relación con Arce mediante “instrucciones telefónicas”. Sin embargo, su denuncia con nombre y apellido se registró el pasado 1 de junio, cuando el aún magistrado suspendido comparecía por última vez ante la Cámara de Senadores, antes de ser destituido por los dos tercios del Movimiento Al Socialismo – MAS.

“Para nombrar al presidente del TCP teníamos que consultar a los jerarcas del MAS, en este caso, en su momento, Rudy Flores de manera hábil y estratégica se alió con Héctor Arce”, expresó Cusi.

Cusi había logrado la mayor votación en las elecciones judiciales de 2011 y por ello exigía la presidencia del TCP. La negativa interna, según él, coordinada desde el Ejecutivo, hizo que Flores sea posesionado como cabeza del Tribunal y Sala Plena. Esa pugna interna derivó en el distanciamiento del abogado alteño, quien también estuvo ligado al oficialismo como asesor del entonces senador Eugenio Rojas y grupos aliados al Mas que avalaron su candidatura.

Otra de las exmagistradas, Soraida Chánez, fue más contundente en su declaración para el matutino EL DIARIO, afirmando que la nueva habilitación electoral para Morales no es la única decisión con carácter político.

No sólo es este fallo, hay otros que fueron emitidos de manera irregular, apelando a las solicitudes del Ejecutivo”, dijo Chánez, quien también fue destituida por admitir un recurso contra la Ley del Notariado y, según se conoce, ser contraria a la reelección presidencial indefinida.

Arce negó en cada intervención pública haber tenido ese tipo de relación con los magistrados del TCP por el mandato de la “independencia de los Órganos del Estado”. Calificó, en su momento, las acusaciones de Cusi como "temerarias y antojadizas"

LA SENTENCIA DE LA PRIMERA HABILITACIÓN DE 2013

El 29 de abril de 2013 se conocía el fallo del TCP presidido por Flores, que interpretó la disposición transitoria primera de la CPE y su “contradicción” con el artículo 168, referido a la reelección presidencial. Dividiendo la historia jurídica del país en un “antes y después” del Estado Plurinacional, Flores y otros cuatro magistrados avalaron la candidatura del jefe del MAS para los comicios de octubre de 2014.

La disposición señalaba: “Los mandatos anteriores a la vigencia de esta Constitución serán tomados en cuenta a los efectos del cómputo de los nuevos períodos de funciones”. La CPE fue promulgada en 2009, cuando Morales ya computaba dos periodos de mandato en ejercicio (2006 a 2010 y 2010 a 2015).

Los magistrados interpretaron que esos mandatos no valían en términos computables y que cualquier periodo de funciones para efectos del artículo 168 contaban a partir de la nueva CPE; es decir, Morales estaba en su “primer mandato” como Jefe del Estado Plurinacional y estaba habilitado para una reelección en el periodo 2015 a 2020, que actualmente ejerce.

“Su elección nació con la Constitución y para ellos se aplica con claridad y de manera completa el tenor del texto, incluyendo lo establecido en el artículo 168 constitucional”, explicaba Flores, en referencia al beneficio para Morales y García, ante los medios informativos en Sucre, luego de leer la sentencia constitucional 003/2013.

El abogado Carlos Alarcón ya advertía, ese año, que el TCP sentaba un nefasto precedente para modificar o interpretar la Norma Fundamental por encima de cualquier proceso legal o la decisión del soberano expresada en las urnas.

“Este precedente a futuro es peligrosísimo para la soberanía del pueblo, porque el TCP con su fallo podrá redibujar la Constitución como le venga en gana y nosotros nos quedaremos colgados, ya no podremos hacer valer nuestro derecho con el voto en las urnas”.

//@VisorBolivia//

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