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Jueves, 25 de Abril de 2024

Apelan resolución del TED de La Paz que favorece al candidato masista Dockweiler

POLÍTICA | 25 Feb 2021

VISOR BOLIVIA / Redacción central.- Mediante un recurso de apelación presentado ante el Tribunal Supremo Electoral (TSE) se espera que el candidato del Movimiento Al Socialismo (MAS), César Dockweiler, sea sancionado por haber utilizado la infraestructura del Teleférico para hacer su campaña proselitista; en tanto, las demandas de inhabilitación por incumplir el requisito de residencia se resolverán hasta el fin de semana.

El investigador jurídico, Franz Barrios, remitió este jueves un memorial para denunciar la “usurpación” cometida proel TED de La Paz, que resolvió exonerar de cargos al candidato masista, arguyendo que “no existen pruebas suficientes” para establecer que infringió la norma electoral e hizo uso de bienes del Estado para su campaña, en este caso una estación del Teleférico, como se ve en uno de sus spots.

Barrios cita el artículo 235 de la Ley de Régimen Electoral, que establece que las sanciones por faltas electorales deben ser realizadas por el TSE y aplicadas por los jueces electorales, y no así por los vocales de un ente departamental.

“Nosotros presentamos dos denuncias por la comisión de faltas electorales en contra de Dockweiler. El TED de La Paz, sin competencia funcional de acuerdo con las leyes 026 y 018, falló exonerando al masista por usar la cabina del Teleférico, y sin barbijo, para hacer un spot político. Siendo que tales denuncias únicamente las debe sustanciar y resolver un juez electoral y no el TED, en primera instancia”, explicó.

La Ley del Órgano Electoral, en su Art. 54 ratifica las atribuciones de esa instancia nacional: “Las Juezas o Jueces Electorales tienen las siguientes atribuciones en el ámbito de su jurisdicción: (2 sancionar, en primera instancia, las faltas electorales en procesos electorales, referendos y revocatorias de mandato”.

En ese marco, el jurista lamentó que el TED actúe de forma política para beneficio del candidato del MAS, además que negó las versiones sobre el rechazo a otras demandas de inhabilitación que circularon en algunos medios.

En el caso de la demanda de inhabilitación por no cumplir el requisito de residencia permanente dos años antes de la elección, los plazos ya se cumplieron y solo queda esperar al resolución del Órgano Electoral.

El vocal del TED de La Paz, Sabino Chávez, en declaraciones a Erbol, explicó que las demandas de inhabilitación están en etapa de traslado, es decir, la notificación a los candidatos para que presenten sus descargos.

Consultado sobre el requisito de residencia que incumple Dockweiler, el vocal dijo que existe un Auto Constitucional “que deja en suspenso ese requisito mientras se lo analiza en el Tribunal Constitucional Plurinacional”.

Dockweiler salió del país en noviembre de 2019, tras renunciar al cargo de gerente general de la empresa estatal de transporte por cable Mi Teleférico. En ese tiempo, el militante masista dijo que no tenía ningún impedimento para viajar fuera de Bolivia y luego, a su retorno en octubre de 2020, aclaró que se fue por “merecidas vacaciones”.

El requisito de residencia permanente para ser candidato en una circunscripción municipal es de dos años inmediatos a la elección. Es decir, Dockweiler debió estar y vivir en la ciudad de La Paz entre 2019 a 2021, situación que por boca propia confirmó no haberlo hecho.

El Auto Constitucional del TCP aplica a los casos de personas que salieron del país en calidad asilo, refugio o exilio, bajo la figura de persecución política. Aquello beneficia a otros postulantes como Manfred Reyes Villa que vivió una década en Estados Unidos, o Wilma Alanoca que estuvo un año en la Embajada de México; el primero es candidato a la Alcaldía de Cochabamba y la exministra postula al Concejo Municipal de El Alto.

//@VisorBolivia// 

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