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Martes, 23 de Abril de 2024

A Ramírez lo sentenciaron por feminicido aún siendo inocente

ESPECIALES | 2 Oct 2020

Ya en su casa, entró al cuarto de su hermano Delfín, quién murió de cáncer mientras él pagaba un delito que no cometió

EL DIARIO.- A las 9.45 horas del 25 de noviembre de 2014, Moisés Bascopé Zambrana asesinó y quemó a su concubina Verónica Menacho Chilo, en su vivienda ubicada en la intersección de la avenida Quinto Anillo, entre Valle Grande y Mariscal Santa Cruz, de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra. Los vecinos llamaron a la Policía que levantó el cadáver de la mujer, pero no pudo capturar al autor.

Un día antes, el 24 de noviembre de 2014, Reynaldo Ramírez, quien vivía en Cochabamba, se trasladó a la ciudad de Santa Cruz porque fue contratado para realizar un trabajo en la termoeléctrica de Warnes. En el momento que se trasladaba de Santa Cruz a Warnes tuvo un accidente de tránsito por lo que fue internado en el hospital de Warnes, donde fue atendido hasta las seis de la mañana del día 25 de noviembre de 2014, momento en el que los médicos le dieron el alta.

Al promediar las 8.30 llegó a su fuente laboral para pedir que lo ayuden a cubrir los gastos médicos y negociar su retiro. Mientras él conciliaba con su jefe se consumaba el feminicidio de Verónica.

El día 26 de noviembre de 2014 retornó a Cochabamba y tras unas semanas se fue a Chile a realizar un trabajo eventual que le ofrecieron.

La Policía y la Fiscalía iniciaron las investigaciones por la muerte de Verónica. Por motivos que aún se desconoce, un efectivo policial se hizo pasar por una mujer y le envió una solicitud de amistad en Facebook, tras conversaciones acordaron verse en la terminal de buses de Cochabamba en fecha 11 de mayo de 2015. La dama nunca llegó, pero sí varios policías vestidos de civil, quienes lo aprehendieron y condujeron hasta la Fuerza Especial Contra el Crimen sin explicación alguna y menos permitir llamar a un abogado.

Recuerda ese día como el más funesto de su vida, porque lo torturaron hasta fracturarle una parte de su dentadura, lo amenazaron con arrojarlo por un puente si no confesaba el feminicidio de Verónica, pero él no lo podía admitir porque ni siquiera conocía a la víctima.

Posteriormente, fue trasladado a la ciudad de Santa Cruz, donde permaneció encerrado, sin alimentos, agua, acceso al baño y tampoco le permitieron comunicarse con algún familiar y menos con un abogado.

Allí fue sometido a un desfile identificativo y posteriormente imputado por la Fiscalía por el delito de feminicidio, pese a que no había prueba alguna en contra suya. La justicia había decidido enviarlo con detención preventiva al penal de Palmasola, sector Chonchocorito, donde permaneció más de dos años, sufriendo lo indecible.

Durante las investigaciones, se presentaron varias pruebas que demostraban que él no era el autor del delito, entre ellas, un dictamen pericial de antropología facial forense que establecía que su rostro difería de las características físicas del verdadero autor, captadas por una cámara.

Su inocencia también era validada por un dictamen pericial del cotejo de extracto de llamadas que confirmaron que entre él y Verónica jamás hubo contacto. A ello se sumó el testimonio de su exjefe de la termoeléctrica, quien aseguró que a la hora del feminicidio, Reynaldo estaba en Warnes con él, tras el accidente sufrido, mismo que fue probado con informes de Tránsito.

Pese a todas esas evidencias, que apuntaban su inocencia, la Fiscalía lo acusó formalmente por el delito de feminicidio.

Los jueces del Tribunal de Sentencia 12°, Mary Janeth Mojica y Luis Alberto Paz Casupa, escucharon al perito en Antropología Facial, Cristian Sánchez, asegurar que el autor del crimen no podía ser Reynaldo, porque le habían tomado más de 60 fotografías y, al compararlas con las imágenes captadas por una cámara, donde se observaba escapando al autor, luego de causar la explosión que mató a Verónica, se estableció que no había similitudes físicas, es decir no eran iguales a su contextura. Pese a ello y por una “orden de codificación”, que no fue respetada, todas las pruebas de su inocencia fueron excluidas del juicio y el 31 de mayo de 2015 fue condenado a 30 años de cárcel, sin derecho a indulto.

Tiempo después, los jueces Mojica y Paz alegaron que no vieron las pruebas que liberaban de culpa a Reynaldo, versión que fue desmentida porque las evidencias fueron presentadas y el perito del Instituto de Investigación Técnico Científico de la Universidad Policial (Iitcup) les alertó varias veces de la injusticia que iban a cometer, pero no las valoraron.

No contentos con la sentencia, Gabriela y Edwin, hermanos mayores de Reynaldo, después de varias investigaciones que realizaron encontraron al autor del asesinato de Verónica Menacho.

Ante alertas que escucharon de que el hombre que asesinó a Verónica se encontraba en el municipio de El Torno, Gabriela viajó hasta el lugar, pero nadie sabía ni cómo se llamaba, por ello Edwin publicó en su muro de Facebook una captura de la imagen del video donde se veía al verdadero autor y pidió ayuda a la población para reconocer a ese hombre que estaba impune.

La imagen se viralizó y un señor que conocía a Moisés Bascopé Zambrana lo identificó, les dio sus datos, reveló que vivía en Entre Ríos.

Gabriela averiguó que Moisés apareció en el Trópico el 25 de noviembre de 2014 con quemaduras en manos y pies y buscó al capitán Cristian Sánchez, que sabía de la inocencia de su hermano y él montó un operativo para detenerlo.

En el trayecto a Santa Cruz, Bascopé confesó el feminicidio.

Esa noticia, de que el verdadero feminicida de Verónica había confesado su crimen posibilitó su liberación y el 7 de julio del año 2017 volvió a su casa ubicada en la zona sur de Cochabamba, después de haber estado 26 meses en el Penal de Palmasola, por un crimen que no cometió.

Ya en su casa, entró al cuarto de su hermano Delfín, quién murió de cáncer mientras él pagaba un delito que no cometió.

Los jueces que lo condenaron fueron destituidos y procesados penalmente, pero a la fecha no existen avances. Como en otros casos, las audiencias se suspendieron varias veces y Reynaldo no puede hacer seguimiento desde Cochabamba. El Consejo de la Magistratura anunció una auditoría jurídica del caso, para establecer las responsabilidades de los jueces, pero hasta ahora no comienza y ya pasaron más de tres años.

Cuando salió de prisión, el Ministerio de Justicia le ofreció trabajo en una oficina para orientar a los litigantes, pero a los seis meses quedó desocupado. Le prometieron que iban a indemnizarlo y condenar a los responsables, pero no hicieron absolutamente nada.

Por todo lo que vivió por más de dos años recluido, Reynaldo necesita ayuda psicológica, atención médica de carácter permanente y sobre todo apoyar a su familia que invirtieron tiempo y dinero para demostrar su inocencia. Su madre se dedicó a vender en la calle para sostener los gastos que tenía en el penal, donde tuvo que pagar hasta para seguir vivo. Sus hermanos se prestaron dinero para ir de un lugar a otro para dar con el paradero del asesino.

NORMA

El artículo 95 de Código Penal señala que: “Toda persona que después de haber sido sometida a juicio criminal fuere declarada inocente, tendrá derecho a la indemnización de todos los daños y perjuicios que hubiere sufrido con motivo de dicho juicio. La indemnización la hará el acusador o denunciante, o el juez si dolosamente o por ignorancia o negligencia hubiere cooperado a la injusticia del juicio. Si el juicio se hubiere seguido de oficio o por acusación fiscal o por intervención de cualquier otro funcionario público, la indemnización se hará por el juez, fiscal y funcionarios que hubieren causado u ocasionado o cooperado en el juicio dolosa o culposamente”.

//FUENTE: EL DIARIO//

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