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Viernes, 19 de Abril de 2024

MAS DIFUNDIÓ ENCUESTA ELECTORAL DE EMPRESA NO REGISTRADA ANTE EL SIFDE NI EL TSE

Oficialismo vulneró la Ley de Régimen Electoral y el reglamento de las elecciones primarias con sondeo sobre intención de voto

POLÍTICA | 27 Dic 2018

VISOR BOLIVIA / Redacción central.- La encuesta electoral difundida por el Movimiento Al Socialismo - MAS, vulneró la Ley de Régimen Electoral 026 y el reglamento de las elecciones primarias. Bajo esas faltas, el partido oficialista tendría que perder su personería jurídica y quedar inhabilitado de los procesos programados para 2019, pero todavía ningún vocal se ha manifestado al respecto.

En la nueva normativa nacional, aprobada desde 2009, se establecieron regulaciones a los sondeos y estudios de opinión bajo el argumento que las encuestas siempre fueron manipuladas por los partidos políticos tradicionales.

La Ley de Régimen Electoral comenzó a prohibir la difusión de los resultados en boca de urna y en el tema de encuestas limitó su elaboración y publicación, además de ordenar a las empresas y medios de comunicación a inscribirse ante el Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático - SIFDE, dependiente del Tribunal Supremo Electoral - TSE.

La sección VI de estudios de opinión en materia electoral, establece como periodo de difusión de estos sondeos en su art. 130 a: “Encuestas preelectorales y otros estudios de opinión en materia electoral, a partir del día de vencimiento del plazo de inscripción de candidaturas en procesos electorales”, hasta “el domingo anterior de la votación”.

La inscripción de candidaturas para las elecciones primarias del 27 de enero de 2019 venció el 28 de noviembre.

En ese marco, el MAS, a través de un espacio solicitado en el periódico El Deber del domingo 16 de diciembre, publicó su muestra para afirmar que Evo Morales cuenta con el 35% de la aceptación ciudadana bajo una pregunta de intención de voto. El plazo es correcto, en ese sentido.

Sin embargo, la encuesta fue elaborada en octubre y se cita a CIESMORI como la empresa encargada del trabajo, pero esta firma no está registrada para difundir estudios de opinión en materia electoral, preelectorales, en boca de urna o conteos rápidos ante el TSE.

Las empresas registradas en el SIFDE del TSE son Focaliza Consultores & Asociados, Captura Consulting, El Deber, Mercados y Muestras, además de José Felipe Jerez Abascal.

El matutino aclaró luego que esa encuesta fue un espacio pagado: “Ante susceptibilidades que se generaron EL DEBER aclara que la encuesta publicada este domingo en el suplemento ECONÓMICO, sobre una intención de voto en favor de Evo Morales, es un espacio solicitado que fue colocado como propaganda y no como un hecho noticioso”.

La Ley 026 también prohíbe, en su art. 135 inciso c), la difusión de estudios de opinión cuando estos: “Haya sido encargados, financiados o realizados por organizaciones políticas, candidaturas, misiones nacionales o internacionales de acompañamiento electoral y organismos internacionales”.

El diputado opositor José Carlo Gutiérrez presentó este jueves una denuncia ante el ente electoral, basado en el art. 136 pará grafo III de la Ley 026, que cita en las sanciones: “Las organizaciones políticas que difundan resultados de estudios de opinión en materia electoral, por cualquier medio, serán sancionadas por el Órgano Electoral Plurinacional con la cancelación inmediata de su personalidad jurídica”; además de establecer una fuerte multa basada en los tarifarios de medios.

La oposición recordó que para las elecciones subnacionales de marzo de 2015, la candidata a conejal suplente por Riberalta del frente NACER, Vanesa Tirina Jimenez, denunció la difusión de una encuesta de intención de voto de Unidad Demócrata - UD a una semana de los comicios, con lo que se inhabilitó a 228 candidatos a la Gobernación y los municipios de Beni.

El 10 de marzo de 2015, el gobernador de Beni, Carmelo Lens, mostró en conferencia de prensa una encuesta de UD, que no estaba registrada ante el SIFDE, que ubicaba al candidato Ernesto Suárez con 25 puntos de ventaja al postulante del MAS, Alex Ferrier.

El Tribunal Electoral Departamental de Beni primero multó a la alianza y derivó el caso de la anulación de personería jurídica al TSE presidido entonces por Wilma Velasco. Los vocales aprobaron la inhabilitación de los 228 candidatos opositores en lo que se llamó un “golpe a la democracia”. Ferrier, finalmente, ganó las elecciones con 50,23% en segunda vuelta contra Carlos Dellien de NACER al que los Demócratas se sumaron tras perder a todos sus candidatos.

//@VisorBolivia// 

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