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Sábado, 20 de Abril de 2024

Escribe: Carlos Cardozo Lozada

“¿Regalías para quién?”

OPINIÓN | 6 Jun 2018

Bolivia ha experimentado un periodo de bonanza importante, una década donde los precios internacionales de hidrocarburos y minerales han significado a las entidades territoriales ingresos extraordinarios por concepto de Regalías (por concepto de explotación Hidrocarburos y Minerales) y otros Impuestos Específicos como el IDH (Impuesto Directo a los Hidrocarburos).

Es fundamental analizar el peso de las regalías como mecanismo de retorno para las regiones donde se exploten recursos naturales no renovables, considerados estratégicos por la Constitución Política del Estado y de prioridad nacional a responsabilidad del Nivel Central.

Aquí es importante señalar que las Regalías Mineras e Hidrocarburiferas comparativamente presentan condiciones diferenciadas en cuanto a su cálculo y su distribución y por ende la relevancia en las arcas de las entidades territoriales como gobiernos departamentales y gobiernos municipales varia.

Para empezar con el análisis comparativo, mencionar que las Regalías Mineras se calculan sobre alícuotas de acuerdo al volumen comercializado medido en tonelada fina de mineral especifico. Las Regalías Hidrocarburiferas comprenden un porcentaje del total de volúmenes de explotación de hidrocarburos (gas y petróleo) que ascienden al 18% del total de ingresos por este concepto.

De la forma de distribución de ambas, las regalías mineras declaradas por los exportadores mediante formulario de Declaración Única de Exportación (DUE) a pagarse en entidades financieras autorizadas que son trasferidas automáticamente en un 85% en favor de los Gobiernos Departamentales y un 15% para los Gobiernos Municipales donde se encuentre emplazada la explotación de minerales en cuestión. Entre tanto las Regalías Hidrocarburiferas son distribuidas desde el Nivel Central del 18% antes mencionado, 11% se distribuye como Regalía Departamental para Regiones Productores, un 1% representa la Regalía Nacional Compensatoria (en favor de los departamentos de Beni y Pando) y finalmente 6% es canalizado por el Tesoro General de la Nacional, en este último caso existe un rol más protagónico del Nivel Central que posteriormente a la recaudación se toma unos pasos más para determinar la cuantía de las regalías para su posterior redistribución conforme señala la normativa vigente.

El destino final de las regalías también está estipulado, en el caso de las Regalías Mineras se tiene por Decreto Supremo N°29577 que el 10% de los recursos en favor de los Gobiernos Departamentales financien actividades de Prospección y Exploración a cargo de la entidad ejecutora especializada SERGEOTECMIN conforme reza el art 27 en el inciso a). En relación a las Regalías en favor de los Gobiernos Municipales, como bien señala el art 27 en su inciso b) los recursos irán destinados en un 85% a financiar proyectos de inversión público de los cuales 50% deben de desarrollarse exclusivamente en el área de impacto de la operación minera.

En el caso de las Regalías por Hidrocarburos se tienen límites claros establecidos para los gastos por concepto de funcionamiento, mismos que no deben superar el 15% de la totalidad de los ingresos de las Regalías Departamentales, hasta un 5% en programas no recurrentes, de apoyo a la equidad de género e igualdad de oportunidades, en asistencia social, promoción al deporte, promoción a la cultura, gestión ambiental, desarrollo agropecuario, promoción al desarrollo productivo y promoción al turismo con respeto a los principios de equidad de género y plurinacionalidad del Estado, así también podrán destinar recursos hasta completar el 10% para financiar gastos en Servicios Personales para los Servicios Departamentales de Educación (SEDUCAS), de Salud (SEDES), que tengan relación con educación, asistencia sanitaria y gastos de funcionamiento en los Servicios Departamentales de Gestión Social (SEDEGES), dejando un 75% restante para financiar proyectos de inversión en Salud, Hábitat y Vivienda, Educación, Cultura y Patrimonio Cultural, Recursos Naturales, Biodiversidad y Medio Ambiente, Recursos Hídricos y Riego, Desarrollo Rural Integral, Desarrollo Productivo, Planificación, Turismo y Transportes de acuerdo a las competencias conferidas en la Ley Marco de Autonomías (Fundación Jubileo, “¿En Qué Gastan El Dinero Los Gobiernos Departamentales El 2018?”, Serie: Debate Pública N°63).

Habiendo delimitado la naturaleza y diferencias entre Regalías Mineras y Regalías Hidrocarburiferas queda pendiente saber a cuanto ascendieron los recursos por ambos conceptos. En términos de Regalías Mineras, se tiene a nivel Bolivia por concepto de exportación de minerales se generó 19.141 millones de dólares durante el periodo 2011-2016 de las cuales solamente 873,28 millones de dólares se tradujeron en regalías mineras (SENARECOM, Informe de Gestión en Cifras 2007-2017, junio de 2017) es decir 4,56% del total de mineral explotado y comercializado desde las regiones.

Las regalías hidrocarburiferas durante el periodo 2006-julio 2014 ascendieron a 4.067millones de dólares (Regalías Departamentales Regiones Productores y Compensatoria Nacional) de un total de 33.895 millones de dólares de ingresos derivados de la explotación hidrocarburos es decir un 12% del total de recursos recaudados.

Si se ve el rol del Estado en el caso de las Regalías Mineras su peso específico en la actividad es casi nulo con una participación en la producción de 1,51% y en la comercialización de 1,35%, un escenario manejado principalmente por Cooperativas y Empresas Privadas en la producción con una participación de 70,89% y 27,60% respectivamente. Mientras que en materia de comercialización la Empresa Privada y las Cooperativas tienen una participación del 97,64% y 1,35% respectivamente.

Figura totalmente diferente al de la Regalías Hidrocarburiferas donde el Estado administra y redistribuye a través de Regalías e IDH (18% y 32% respectivamente) 50% del total de los ingresos por concepto de explotación de hidrocarburos, siendo el otro 50% distribuido como ingreso entre las empresas nacionales (YPFB y subsidiarias) y transnacionales del sector.

Se puede concluir que las Regalías Mineras benefician principalmente Productores y Comercializadores representados por Empresas Privadas y Cooperativas del rubro que se llevan 95,44% del total de las exportaciones mineras y por otro lado al Tesoro General de la Nación con ingresos de 2.033 millones de dólares (2006-julio 2014) con autonomía de acción en el caso de Regalías Hidrocarburiferas, regalías que tanta falta le hacen a los Departamentos y Municipios productores que asumen costos sociales y ambientales inmensos en comparación a las migajas que se les devuelve en calidad de retorno por la explotación de sus recursos naturales que hoy por hoy benefician al Nivel Central. Se deja a las entidades territoriales la responsabilidad no solo de mitigar los efectos sociales y ambientales de la explotación sino a su vez de invertir los recursos de acuerdo a los parámetros que plantea la normativa vigente claramente desde una óptica centralista contraria al espíritu mismo de las autonomías, que sin recursos no hacen más que prolongar la agonía de los departamentos y municipios urgidos de generar procesos de desarrollo más allá de las agendas nacionales genéricas y descontextualizadas de las realidades locales.

//*CARLOS ARMANDO CARDOZO LOZADA ES ECONOMISTA, MÁSTER EN DESARROLLO SOSTENIBLE Y CAMBIO CLIMÁTICO Y PRESIDENTE DE FUNDACIÓN LOZANÍA//

//**LOS TEXTOS REPRODUCIDOS EN ESTE ESPACIO DE OPINIÓN SON DE ABSOLUTA RESPONSABILIDAD DE SUS AUTORES Y NO COMPROMETEN LA LÍNEA EDITORIAL PLURAL – LIBERAL DE ESTE MEDIO DE COMUNICACIÓN// 

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